Aguas de Aranzazu SA ESP
Clasificación legal del cargo de asesor
De manera general, la ley 909 de 2004, regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública. Precisa esta ley que la función pública se desarrolla teniendo en cuenta los principios constitucionales de igualdad, mérito, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia, celeridad y publicidad – art. 2º -; hacen parte de ella los empleos públicos de carrera, de libre nombramiento y remoción, de período fijo y los empleos temporales – art. 1º -; el mérito, las calidades personales y la capacidad profesional, son los elementos sustantivos de los procesos de selección del personal; tales criterios se podrán ajustar a los empleos públicos de libre nombramiento y remoción, de acuerdo con lo previsto en la ley – art. 2º -.
El artículo 3º prescribe que las disposiciones contenidas en la ley serán aplicables en su integridad, entre otros, a "los empleados públicos de carrera de las entidades del nivel territorial: departamentos, Distrito Capital, distritos y municipios y sus entes descentralizados"
Particularmente en lo que toca con los cargos de asesor el decreto ley 785 de 20056, estableció el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de las entidades territoriales, disponiendo al efecto que según la naturaleza general de sus funciones, las competencias y los requisitos exigidos para su desempeño, los empleos de dichas entidades se clasifican en los niveles Directivo, Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial – art. 3º -; agrupando el nivel asesor, los empleos cuyas funciones consisten en asistir, aconsejar y asesorar directamente a los empleados públicos de la alta dirección territorial – art. 4º -7. Según se anotó en el sector central del Distrito Capital , esta referencia a la alta dirección territorial, debe entenderse referida al Despacho del Alcalde mayor, las secretarías y los departamentos administrativos, a tono con lo establecido en el artículo 54 del decreto 1421 de 1993.
Una contraloría es un tipo de entidad fiscalizadora superior cuyo fin es el de vigilar, controlar, administrar o manejar los impuestos, presupuestos o cualquier otro gasto público en materia de función pública
Organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades
Es un proceso en el que la entidad pública convoca a los interesados para que presenten sus ofertas y se seleccione la más favorable. Este proceso se realiza de manera objetiva y en igualdad de oportunidades.
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico–CRA – es una entidad del orden nacional, creada mediante el artículo 69 de la Ley 142 de 1994, como Unidad Administrativa Especial con autonomía administrativa,